sábado, 1 de junio de 2013

Ana Laura Magaloni Kerpel: Presunto Culpable II @PresuntoC #MéxicoSOS



Es urgente proteger el derecho a que lo que sucede en los recintos judiciales tenga la más amplia publicidad posible, pues sólo así los jueces y los demás operadores del sistema pueden rendir cuentas
El documental Presunto Culpable continúa poniendo espejos al sistema de justicia mexicano. Esta vez no se trata de la justicia penal sino de la civil. Los productores Layda Negrete y Roberto Hernández, así como todos los que participaron en la distribución y exhibición del documental (Cinépolis, Cinemex, Televisa, entre otros) son demandados por el policía judicial, el testigo y la familia del difunto. El argumento es que utilizaron sin autorización su imagen y que ello ha afectado su honor y su reputación. El monto total que reclaman por daño moral sumando el conjunto de demandas excede los 3 mil millones de pesos. Una locura.
Este caso está destinado a llegar a la Suprema Corte de Justicia por su relevancia y trascendencia en temas tan vitales para una democracia como son la libertad de expresión y el derecho a un tribunal imparcial. Por lo que toca al primero, lo que está en juego no es menor. La cuestión constitucional a resolver es si está o no protegido por los artículos 6 y 7 de la Constitución exhibir imágenes de una audiencia judicial que es pública. La audiencia, aquí y en cualquier parte del mundo, es el centro gravitacional del sistema de justicia, pues es ahí donde podemos observar, evaluar, criticar o avalar el actuar cotidiano de todos los que operan el sistema: jueces, MP, abogados, peritos, testigos, etcétera. Limitar el trabajo periodístico en este ámbito, a través de demandas civiles de daño moral, es simple y llanamente limitar el escrutinio público y la rendición de cuentas del Poder Judicial.
Al igual que otros litigios importantes resueltos por la Primera Sala como La Jornada vs. Letras Libres y Edith Encalada vs. Lydia Cacho, el caso de Presunto Culpable también plantea la tensión entre el derecho al honor y la libertad de expresión. Todos estos casos nacieron en la jurisdicción civil por demandas de daño moral y en todos se trataba de personas que se sintieron ofendidas por determinado trabajo periodístico. La Corte ha sido consistente en señalar que la libertad de expresión alcanza un nivel máximo de protección cuando se trata del periodismo y de la formación de opinión pública. Ello es así porque, en palabras de la Corte, "la libre manifestación y flujo de información, ideas y opiniones, ha sido erigida en condición indispensable de prácticamente todas las demás formas de libertad, como prerrequisito para evitar la atrofia o el control de pensamiento y como presupuesto indispensable de las sociedades políticas abiertas, pluralistas y democráticas". Me parece que la protección constitucional al trabajo de periodismo de investigación de Presunto Culpable está fuera de toda penumbra jurídica. No hay forma de que, en este caso, con la jurisprudencia que ha establecido de la Corte no se proteja la libertad de expresión por encima del derecho al honor.
Sin embargo, Presunto Culpable también plantea otra pregunta constitucional a la Corte que nunca ha sido analizada por los ministros: qué pasa cuando los jueces que van a decidir las demandas civiles de daño moral se sienten ofendidos en su reputación por el discurso o forma de expresión del demandado. A los jueces no les gusta la foto que les pone enfrente Presunto Culpable, les es incómoda y preferirían que no se hubiese hecho pública. La juez 17 en materia civil, María Ivonne Jauffred Puente, en medio del desahogo de las pruebas confesionales por parte de Layda Negrete y Roberto Hernández, no pudo resistir la tentación del reproche y la queja. Palabras más palabras menos, públicamente les dijo enfadada que Presunto Culpable había sido excesiva en su crítica al Poder Judicial y que había dejado muy mal parado al Tribunal del DF. Esa juez es la encargada de dictar sentencias en varias de las demandas en cuestión. ¿Puede ser imparcial? No lo creo, y no sé qué juez pueda serlo. Es decir, la pregunta constitucional es cómo garantizar el derecho a un tribunal imparcial cuando las formas de expresión involucradas en las demandas son incómodas u ofensivas a los miembros del Poder Judicial. Se requiere o no, establecer una protección constitucional adicional al trabajo periodístico en temas judiciales, ya que, en ese ámbito, lo más probable es que el juez civil que resuelva las demandas de daño moral, como está sucediendo en el caso de Presunto Culpable, se sienta más víctima que árbitro.
Es tiempo de debatir y de generar estándares constitucionales respecto a la publicidad de las audiencias judiciales. En todo el país se están implementando juicios orales en materia penal, familiar, mercantil, etcétera. Por primera vez, los tribunales de primera instancia se están abriendo a la ciudadanía. Es urgente proteger nuestro derecho a que lo que sucede en los recintos judiciales tenga la más amplia publicidad posible, pues sólo así los jueces y los demás operadores del sistema pueden rendir cuentas. Presunto Culpable está llamado a ser el caso que le permita a la Corte garantizar el derecho constitucional de todos nosotros a conocer, criticar y opinar sobre lo que hacen y no hacen todos los días los operadores del sistema de justicia. Se trata, creo yo, de las más básicas rendiciones de cuentas en una democracia.
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